FP DUAL. Contrato de formación y aprendizaje

Tiene por objeto la cualificación profesional de los trabajadores en alternancia con la actividad laboral retribuída.


Se podrá celebrar con trabajadores mayores de 16 y menores de 25 (podrán celebrarse con menores de 30 hasta que la tasa de desempleo se sitúe por debajo del 15%), que carezcan de la cualificación profesional reconocida por el sistema de formación profesional para el empleo o del sistema educativo requerida para concertar un contrato en prácticas para el puesto de trabajo objeto del contrato.



La duración mínima del contrato será de un año y máxima de tres, si bien durante convenio colectivo podrán establecerse duraciones distintas del contrato.



Los contratos no podrán celebrarse a tiempo parcial. El tiempo de trabajo efectivo no podrá ser superior al 75% durante el primer año o al 85% durante el segundo y tercer año de la jornada máxima prevista en el convenio colectivo.



La actividad formativa inherente al contrato para la formación y el aprendizaje será la necesaria para la obtención de un título de formación profesional de grado medio o superior o de un certificado de profesionalidad o, en su caso, certificación académica o acreditación parcial acumulable.



Las empresas podrán  reintegrarse los costes de la actividad formativa del contrato, de acuerdo con los módulos máximas financiables previstos, mediante bonificaciones en las cuotas empresariales de la Seguridad Social, (artículos 8, 9 10 Y 11 de la Orden del ESS/2518/2013, de 26 de diciembre modificada por la Orden ESS/41/2015).



Durante toda la vigencia del contrato, incluidas las prórrogas, se aplicará una reducción del 100% de las cuotas empresariales a la Seguridad Social por contingencias comunes, así como las correspondientes a accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, desempleo, fondo de garantía salarial y formación profesional, correspondiente a dichos contratos, si el contrato se realiza por empresas cuya plantilla sea inferior a 250 personal, o del 75%, en el supuesto de que la empresa tenga una plantilla igual o superior a esa cifra.Asimismo, se aplicará una reducción del 100% de las cuotas de los trabajadores a la Seguridad Social durante toda la vigencia del contrato.